Imputaron a una persona por el homicidio culposo de Federico Naguil

Se trata de Carlos Portiño, único involucrado en el incidente de tránsito en el que falleciera el docente del IUPA.

Policiales/judiciales29/05/2025
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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre de 47 años (identificado como Carlos Portiño) por el homicidio culposo agravado de Federico Naguil ocurrido el 29 de marzo pasado. Asimismo, tras la solicitud fiscal, la jueza de Garantías resolvió que el hombre cumpla con específicas medidas cautelares para asegurar el avance del proceso.

Según la acusación fiscal, el hecho “habría sucedido en calle Gelonch al 926, alrededor de las 16:42 horas, cuando el imputado a bordo de una moto, en la zona de la vereda y estando perpendicular a la vía pública, con al menos 0.93 grs/litro de alcohol en sangre, intentó incorporarse al carril contrario para continuar por calle Gelonch en dirección Oeste- Este. Lo habría realizado en forma imprudente, negligente y anti reglamentaria, sin el cuidado, prevención y dominio exigido por la norma legal para el conductor que circula por la vía pública”, explicó el fiscal del caso a cargo del legajo.

“El imputado habría bajado a la calle e impactó con la parte frontal de su vehículo contra el lateral derecho de la moto que conducía Federico Carlos Naguil Uslengui, que circulaba en ese mismo instante por calle Gelonch en sentido cardinal Este-Oeste. Fue producto del impacto que la víctima salió despedida del motovehículo, golpeando su cabeza contra el asfalto, falleciendo a raíz de ello”, detalló el representante fiscal.

La calificación legal propuesta por la fiscalía para esta instancia de formulación de cargos es la de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo con motor”; en los términos de los Artículos 45 y 84 bis, 2do. párrafo del Código Penal.

Entre la evidencia que fue producida hasta este momento se encuentran las múltiples pericias encargadas por la fiscalía al Gabinete de Criminalística, como también la documentación que fue proporcionada por el Área de Tránsito de la municipalidad, entre ellas la constancia del control de alcoholemia. Además se enumeró como prueba la planilla de la intervención policial en el momento del accidente concretado por personal de la Unidad 21 , la copia de la documentación personal de ambas personas, el certificado de defunción de la víctima, la historia clínica proporcionado por el Hospital local, el acta de relevamiento del hecho de tránsito y el croquis, la pericia accidentológica y la testimonial tomada en sede fiscal.

A su turno, el defensor particular no se opuso a la formulación de cargos y el imputado hizo uso de la palabra, pidió disculpas y sostuvo otra dinámica del hecho.

En relación a las medidas cautelares para asegurar el avance del proceso, el fiscal mencionó que para evitar la fuga del imputado “haga presentaciones personales en la fiscalía para que dé cuenta de su domicilio y de sus condiciones de vida, como también solicitamos la prohibición de salida del país sin previa autorización por el plazo que dura la investigación preparatoria”

Finalmente, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos realizados por el Ministerio Público Fiscal, el plazo de investigación preliminar preparatoria se fijó por 4 meses, y las medidas cautelares tienen vigencia hasta el 11 de octubre de 2025.

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