
El vehículo registraba un requerimiento judicial del Juzgado Ejecutivo N°3 y era conducido por un ciudadano oriundo de Zapala.
Nippon Car negó su vinculación contractual, pero el juez consideró probado que intervino en la suscripción y en la entrega.
Policiales/judiciales11/08/2025Una mujer contrató un plan de ahorro para adquirir un vehículo y, en menos de un año, logró la adjudicación. Realizó el pago correspondiente, pero la entrega se demoró. Ante la falta de novedades la mujer realizó los reclamos por Whatsapp y personalmente. Desde la concesionaria le informaron que el auto estaba retenido en la aduana. Vencidos todos los plazos previstos en el contrato, la mujer recibió el vehículo 150 días después.
El fuero Civil de Roca hizo lugar a la demanda presentada por la mujer y condenó a la concesionaria y a la firma administradora del plan a indemnizarla por daños y perjuicios.
Según la cláusula del contrato, el auto debía entregarse dentro de 60 días. También se establecía que, en caso de mora en la entrega, la administradora debía pagar una cláusula penal.
Después de recibir el auto, la mujer reclamó la multa por la demora. El pago debía efectuarse dentro de los 10 días hábiles, pero la concesionaria volvió a incumplir. La transferencia se realizó casi dos meses después y sin explicación sobre su cálculo.
Toyota no contestó válidamente la demanda, lo que generó presunción de veracidad sobre los hechos alegados. Nippon Car negó su vinculación contractual, pero el juez consideró probado que intervino en la suscripción y en la entrega, basándose en documentos y en su falta de colaboración probatoria.
El juez señaló que las normas que regulan las relaciones de consumo deben aplicarse e interpretarse conforme con el principio de protección del consumidor. Respecto del contrato, remarcó que debe celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe.
El fallo fue favorable a la consumidora. Determinó que existió entrega tardía del vehículo y pago fuera de término de la cláusula penal, además de falta de información adecuada sobre el cálculo de la penalidad.
El vehículo registraba un requerimiento judicial del Juzgado Ejecutivo N°3 y era conducido por un ciudadano oriundo de Zapala.
El sujeto intentó darse a la fuga ante la presencia policial pero fue aprehendido portando un revólver calibre 22, marca Tala, con municiones.
El damnificado confirmó que los elementos encontrados coincidían con los faltantes de su domicilio y otra vecina colaboró con el procedimiento.
Los implicados como presuntos autores del hecho resultaron ser una mujer mayor de edad y un menor.
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El sujeto intentó darse a la fuga ante la presencia policial pero fue aprehendido portando un revólver calibre 22, marca Tala, con municiones.
Las entregas se realizaron en Quinta 25 y los beneficiarios contaban con inscripción en el Banco de Tierras.