Condena del fuero Civil al Banco Patagonia S.A. y a la empresa Seguros Sura

Le renovaron un seguro de forma automática y sin consentimiento: un banco deberá devolver los cobros indebidos.

Actualidad20/08/2025
banco patagonia

Un hombre de Roca denunció la existencia de cobros por un seguro no contratado. Al ser titular de una cuenta sueldo, revisó sus movimientos bancarios y detectó débitos automáticos desconocidos. Había contratado un seguro con anterioridad, pero esta vez el banco se lo había renovado sin su consentimiento, de manera unilateral y automática.

Un fallo del fuero Civil condenó al Banco Patagonia S.A. y a Seguro Sura por los daños y perjuicios ocasionados por el cobro indebido de un seguro que el hombre no había contratado.

El empleado público provincial se presentó en varias ocasiones en la sucursal bancaria. No recibió información clara ni detallada sobre los débitos observados. Le indicaron que el seguro era obligatorio, sin brindar explicaciones adicionales. Solicitó el reintegro de los montos debitados, pero no obtuvo respuesta favorable.

El afectado presentó una demanda en la que pidió la nulidad del contrato, la devolución del dinero cobrado y una indemnización por daños y perjuicios. También denunció la vulneración de normas que protegen a consumidores y usuarios. En su caso, los débitos afectaron directamente sus haberes, lo cual configuró una práctica comercial abusiva.

Tanto el banco como la aseguradora negaron irregularidades. Afirmaron que el hombre había suscripto voluntariamente el contrato y autorizado expresamente el débito automático. Sostuvieron que el servicio fue correctamente prestado e informado, y que el contrato había sido cancelado.

Durante el juicio se realizaron pericias y se recibieron declaraciones testimoniales. Se comprobó que el hombre había firmado inicialmente el contrato, pero también que los débitos continuaron realizándose sin una renovación válida ni un nuevo contrato.

El contrato tenía una vigencia de un año y no se probó su renovación. Las demandadas incumplieron sus deberes de información y trato digno. La sentencia condenó solidariamente al banco y a la aseguradora al pago de una indemnización por daño patrimonial, daño moral y daño punitivo.

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