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El marco nacional contemplaba a los perros guía de personas con discapacidad, pero dejaba un gris normativo para el resto de los animales.
Actualidad23/12/2025
El verano arrancó con una novedad esperada por viajeros y empresas: por resolución 2076/2025, el Ministerio de Economía autorizó el traslado de animales domésticos en los servicios de larga distancia, tanto automotor como ferroviario.
La norma, que entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, termina de despejar un gris regulatorio: hasta ahora el marco nacional contemplaba de manera explícita a los perros guía o de asistencia de personas con discapacidad, pero dejaba un terreno de reglas dispersas -cuando no prohibiciones- para el resto de las mascotas.
Ahora, la resolución establece que las compañías podrán incorporar la opción “pet” en sus servicios y fijar una tarifa específica, con lógica de oferta y demanda, mientras respetan un anexo técnico que detalla cómo se efectúa el traslado. Allí se fijan cuestiones prácticas -franjas horarias, higiene, elementos de contención, condiciones sanitarias- que apuntan a una convivencia razonable entre pasajeros y animales.
Animales en trenes y colectivos
La decisión llega en un contexto en el que el propio Estado revisa reglamentos antiguos -algunos de los ferrocarriles databan de la década del ’30- y los alinea con estándares contemporáneos de bienestar animal y de servicio. El decreto 90.325 de 1936, por ejemplo, prohibía "llevar animales vivos o muertos en los coches, con excepción de los perros lazarillos".
La novedad también sintoniza con la estacionalidad: al borde del pico de traslados, familias y turistas encuentran por primera vez una regla nacional clara para planificar viajes con sus mascotas, sin depender de criterios cambiantes entre compañías o terminales.
El ordenamiento también derrama sobre la cadena turística: alojamientos, cabañas y prestadores que ya trabajan con público pet friendly suman un incentivo más para promover paquetes que contemplen a los animales de compañía. En el frente ferroviario, si bien hoy la oferta de larga distancia que toca la región es limitada, la resolución fija el piso regulatorio para cualquier expansión de servicios interjurisdiccionales.
Falta conocer cuántas mascotas por coche serán admitidas y en qué sector viajarán; qué formatos de contención serán obligatorios según tamaño o peso; cuál será la documentación sanitaria exigible y cómo se informarán las tarifas. Pero el sentido de marcha está trazado: habrá reglas públicas, previsibles y comunes, y no excepciones de ventanilla.
El capítulo de los derechos preexistentes no se toca: las personas con discapacidad continúan teniendo garantizado el acceso con perros guía o de asistencia, sin costos adicionales, tal como ya marca la ley.

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