Despido por uso del celular: la Justicia lo declaró injustificado

Una cuidadora fue despedida por usar el celular y la Cámara del Trabajo de Roca ordenó el pago de las indemnizaciones legales.
Policiales/judiciales29/07/2026

cuidadora celular

La Cámara Primera del Trabajo de General Roca declaró injustificado el despido con causa de una trabajadora de casas particulares que se desempeñaba como cuidadora de una niña, al considerar que la empleadora no presentó pruebas suficientes para acreditar los incumplimientos que motivaron la desvinculación.

El conflicto se originó cuando la madre de la menor sostuvo que la cuidadora utilizaba en forma excesiva el teléfono celular y auriculares durante la jornada laboral, una conducta que, según afirmó, podía impedirle advertir situaciones de riesgo para la niña.

La empleadora resolvió despedirla con causa al entender que esa conducta había generado una pérdida de confianza. Sin embargo, la trabajadora rechazó las acusaciones mediante telegrama laboral, negó los hechos y promovió una demanda para reclamar las indemnizaciones correspondientes.

Al analizar el caso, los jueces recordaron que un despido con causa solo resulta válido cuando se acredita un incumplimiento de suficiente gravedad que torne imposible la continuidad de la relación laboral. También señalaron que la legislación prevé otras medidas disciplinarias antes de recurrir a la sanción más severa.

En la sentencia, el tribunal advirtió que la comunicación del despido no describía con precisión los hechos atribuidos a la trabajadora y que la empleadora no aportó elementos de prueba que respaldaran sus afirmaciones. En ese sentido, los magistrados sostuvieron que existió una "ausencia de precisión y vaguedad de los incumplimientos" reprochados y que tampoco se acreditaron "los hechos objetivos" que justificaran la pérdida de confianza invocada.

Por ese motivo, la Cámara concluyó que el despido carecía de justificación legal y reconoció el derecho de la trabajadora a percibir las indemnizaciones previstas para el personal de casas particulares.

No obstante, el tribunal rechazó otra parte de la demanda. La trabajadora sostenía que la relación laboral había comenzado un año antes de la fecha registrada y reclamaba diferencias derivadas de una supuesta registración deficiente y del pago de horas extras. Esos planteos fueron desestimados porque no logró aportar pruebas suficientes para acreditarlos.

De esta manera, la Cámara Primera del Trabajo hizo lugar parcialmente a la demanda: declaró injustificado el despido y condenó a la empleadora al pago de las indemnizaciones legales, mientras rechazó los reclamos vinculados con la antigüedad registrada y las horas extras. 

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