Río Negro sancionó la ley que crea un registro de negativas a transfusiones de sangre

El legislador Javier Acevedo (ARI) confirmó que la iniciativa ya fue publicada en el Boletín Oficial. La norma busca dar certeza jurídica a los equipos médicos.
Provincia16/09/2026

 Javier Acevedo

La provincia de Río Negro cuenta con una nueva herramienta legal para resolver uno de los dilemas más complejos que enfrentan los equipos de salud en situaciones de emergencia: qué hacer cuando una persona ingresa en grave estado y necesita una transfusión de sangre, pero sus familiares se oponen al procedimiento por motivos religiosos o de conciencia.

El legislador Javier Acevedo (ARI) explicó que el proyecto fue discutido y tratado en primera y segunda vuelta en la Legislatura provincial, y que la norma ya se encuentra vigente tras su publicación en el Boletín Oficial con el número 5.889.

Un registro digital de negativas anticipadas

La ley crea un registro anticipado de negativas válidas para no recibir transfusiones de sangre. Según detalló Acevedo, cualquier persona que por convicciones religiosas o de conciencia no desee ser transfundida podrá inscribirse en ese registro, que estará disponible en todos los centros de salud públicos y privados de la provincia y funcionará de manera digital, integrado a la historia clínica de cada paciente.

El Ministerio de Salud será la autoridad de aplicación encargada de reglamentar su funcionamiento.

Cómo actuarán los equipos médicos

El legislador explicó el mecanismo central de la norma: al momento de aplicar un protocolo de transfusión, los equipos médicos deberán consultar primero el registro.

Si la persona no figura en el registro de negativa y no puede expresar su voluntad —por estar inconsciente o no poder hablar—, la transfusión se realizará de manera automática.

Si la persona está inscripta en el registro, su negativa deberá respetarse y el equipo médico deberá buscar tratamientos o procedimientos alternativos.

Si el paciente está consciente, no figura en el registro pero rechaza el tratamiento, se aplica la Ley nacional N°26.529 de derechos del paciente, que garantiza su derecho a elegir el tratamiento que se le realiza.

Acevedo remarcó que la ley incluye además un apartado específico para jóvenes de entre 16 y 18 años que rechacen una transfusión estando en riesgo de vida: en esos casos, el equipo médico deberá dar intervención inmediata a la Justicia, que deberá expedirse con carácter de urgencia.

El problema que buscó resolver la norma

Antes de la sanción de esta ley, los equipos de salud rionegrinos debían resolver en cuestión de minutos —muchas veces sin marco legal claro— si llevaban adelante una transfusión ante la oposición de familiares, o si acudían a la Justicia mientras intentaban salvar la vida del paciente.

Según describió el legislador, esa situación dejaba a los profesionales médicos en una posición legal vulnerable en cualquiera de los dos escenarios posibles: si realizaban la transfusión pese a la negativa familiar, podían quedar expuestos a un reclamo legal; si no la realizaban y el paciente fallecía, podían ser acusados de mala praxis o abandono de persona.

"Ahora está bien claro para todos los actores de esa situación", sintetizó Acevedo, al destacar que la ley 5.889 le da a los equipos de salud un marco de actuación definido y prioriza la vida por sobre la decisión de terceros cuando no exista una voluntad expresa y registrada del paciente.

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