Sancionaron la nueva ley de alquileres: qué cambios hay

Se aprobó, por 128 contra 114 votos, el proyecto de reforma de alquileres con las modificaciones incluidas por el Senado.

Actualidad 11/10/2023
Ley de alquileres

La Cámara de Diputados convirtió en ley, por 128 contra 114 votos, el proyecto de reforma de la ley de alquileres con los cambios incluidos por el Senado impulsados por el Frente de Todos, con lo cual los contratos entre propietarios e inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral, en lugar de anual como establecía la actual norma.

La iniciativa se aprobó con los votos que fueron aportados por el Frente de Todos, el Movimiento Popular Neuquino, dos de Identidad Bonaerense, dos socialistas, una de Córdoba Federal, uno de Juntos Somos Rio Negro, dos del Frente de la Concordia y cuatro de izquierda.

En tanto, la iniciativa fue rechazada por Juntos por el Cambio, los tres libertarios que responden a Javier Milei, uno de Juntos Somos Rio Negro, una de Identidad Bonaerense y uno de Córdoba Federal.

Cómo votaron los rionegrinos

  • Juntos Somos Río Negro, con dos votos, tuvo un apoyo (Luis Di Giacomo) y un rechazo (Agustín Domingo).
  • PRO - Juntos por el Cambio (Aníbal Tortoriello) también rechazó la nueva Ley.
  • Frente de Todos votó a favor de las modificaciones con sus dos representantes (Pedro Dantas y Graciela Landriscini).

Ley de alquileres votos

Sesión larga en Diputados

La iniciativa fue aprobada después de las 5 de la madrugada en el marco de una sesión maratónica que se inició a la medianoche, en la cual se convirtió en ley la violencia digital y se aprobaron los proyectos de devolución del IVA, Argentina Inclusiva y de promoción del Gas Natural Licuado.

Los puntos de la nueva Ley

Con la sanción de este proyecto los contratos se mantienen en tres años los cuales deberán ser estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.

También, el Senado modificó el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y estableció que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA”.

El texto aprobado por el Senado, además, incorporó un último párrafo sobre el artículo 9, en el que determinó que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.

También fija que cualquier “publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional” y elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.

En cuanto a los beneficios impositivos los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren “debidamente registrados” ante la AFIP.

Además las “partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.

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