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title: "Clausura preventiva y suspensión de firma en obras privadas"
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description: "La medida se determinó en función de reiterados y prolongados incumplimientos."
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tags:
  - "clausura"
  - "Código de Edificación"
  - "obras privadas"
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# Clausura preventiva y suspensión de firma en obras privadas

![CLAUSURA](/download/multimedia.normal.94f40bd719fed027.Q0xBVVNVUkFfbm9ybWFsLndlYnA=.webp)

En el marco de lo establecido en el Código de Edificación y el Código de Faltas, el Municipio realizó la Clausura Preventiva de dos obras en construcción ubicadas en el ejido local, y el Juzgado de Faltas Municipal, determinó además la suspensión de la firma de los profesionales actuantes, por tres meses.

Las obras ubicadas en calle Rodhe entre Córdoba y La Pampa, y calle Estados Unidos entre Belgrano e Italia, habían sido notificadas sobre la situación.

La clausura se determinó en función de reiterados y prolongados incumplimientos relacionados con el inicio de obra sin permiso, carencia de planos aprobados, ejecución de obra antirreglamentaria, ausencia de cartel de obra y obstrucción de vereda con materiales de obra.

Dado el contexto de reactivación de obras particulares en la ciudad, la dirección de Arquitectura del Municipio recuerda, que previo a la realización de cualquier tarea constructiva debe solicitarse el Permiso de Obra Municipal, caso contrario será considerada clandestina, y se procederá al labrado de un acta y a la suspensión de los trabajos, hasta tanto no se regularice tal situación.

De esta forma, el Municipio garantiza el cumplimiento de los indicadores y normas urbanísticos de la ciudad y se explicitan los responsables técnicos de la construcción (proyectista, cálculo, director de obra y constructor).

El artículo 2.1.2 del Código de Edificación establece que “El Permiso de Obra requiere la intervención de uno o varios profesionales, quienes asumen la responsabilidad técnica de la documentación presentada y de los trabajos a realizar en la medida que corresponda a los roles asumidos”.

Es importante tener presente esta reglamentación municipal al momento de iniciar o retomar una obra, ya que en instancia legal los particulares se constituyen en eventuales responsables solidarios de las faltas cometidas por el profesional.

Por Consultas: admin.arquitectura@generalroca.gov.ar

O por teléfono: 4431400 int 2315 mesa de entrada; 4431400 int 2314 Inspección; o al 0800-222-9742 denuncias y reclamos.

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