Los integrantes del Concejo roquense sesionaron para dejar aprobado el modelo presentado por el Ejecutivo.
Quedan anuladas las actas de infracción por radares en Río Negro
Lo dispuso la Legislatura, con fuerza de Ley, y obliga a cada Juzgado de Faltas competente: “ordenar de oficio su archivo”.
Actualidad12/07/2024Durante la Sesión Ordinaria en la Legislatura provincial, fue aprobado en segunda vuelta, por unanimidad, el Proyecto de Ley del Bloque CC ARI Cambiemos, que regula el funcionamiento de los radares en Río Negro y da nulidad a las actas de infracción labradas.
La iniciativa aprobada otorga a la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV), un plazo de noventa días, a partir de la fecha de vigencia de la ley, para regularizar en todo el territorio provincial, el funcionamiento de los radares controladores de velocidad, en todos los caminos y rutas existentes.
Uno de los puntos más importantes que propone la Ley es la nulidad de todas las actas de infracción labradas, y las que, habiendo sido labradas con anterioridad, aún no hayan sido abonadas por los presuntos infractores, debiendo el Juzgado de Faltas competente ordenar de oficio su archivo.
En relación a este punto, durante el tratamiento de la ley, el bloque pidió sustituir el artículo que establece la nulidad de las multas, agregando una “excepción de aquellas infracciones labradas a camiones de carga de arena silícea con fines de actividad industrial, debiendo el juzgado de faltas competente ordenar de oficio su archivo”.
Además, prohíbe el funcionamiento de radares en la provincia, que no cuenten con la autorización de la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) y establece un procedimiento único para la autorización de los mismos.
“La mayoría de los radares en la provincia no cuentan con los requerimientos mínimos que deben tener para cumplir su función preventiva, y terminan siendo una “trampa casa bobos” solo con fines recaudatorios”, subrayó el presidente del bloque, Javier Acevedo.
La ley fue sancionada por unanimidad y será enviada al Poder Ejecutivo para su publicación en el Boletín Oficial.
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