La hija comenzó la universidad y un padre ausente deberá pagar más cuota alimentaria

La Cámara Civil de Roca subió el mínimo al 70 por ciento del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM).

Actualidad31/07/2024

El padre de una adolescente que comenzó la universidad deberá pagar una cuota alimentaria más alta a raíz de los nuevos y mayores gastos que implica el proyecto de vida de la joven.

Una sentencia de primera instancia había condenado al progenitor a abonar mensualmente un piso del 30 por ciento del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM). La madre de la adolescente, quien ejerce en forma exclusiva las tareas de cuidado, apeló esa decisión. La Cámara Civil de Roca le dio la razón y elevó el piso de la cuota al 70 por ciento del Salario Mínimo. El nuevo monto, según el fallo, sí resultaría “suficiente para atender las necesidades de la joven quien, más allá de haber cumplido los 18 años, se encuentra inscripta como alumna regular” en una universidad pública en la provincia de Buenos Aires.

En su apelación, la mamá reclamó un mejor derecho alimentario para su hija y la describió como “una adolescente que tiene como meta instruirse y avanzar en un proyecto de vida que la construya como profesional, pese a los avatares sufridos a raíz de las conductas de su progenitor, quien no sólo le ha generado daños materiales sino más graves aún, psicológicos y emocionales, recayendo condena por abusos sexuales contra ella a su corta edad”.

En ese sentido, el fallo señaló que “aunque lejos está de poder considerarse como una especie de reparación, la cuota que se fije, al menos, debería ayudar a mitigar sus consecuencias, dándole la oportunidad de un futuro con nuevos horizontes”.

El fallo compartió el criterio de la doctrina y la jurisprudencia en cuanto a que “a falta de prueba específica, la mayor edad hace presumir un aumento en los gastos demandados por el niño, niña y/o adolescente”. “La cuota alimentaria debe incrementarse en función de la mayor edad de los hijos, pues su crecimiento y la ampliación de su vida en relación ocasionan un sensible aumento de sus necesidades más elementales”, recordó el Tribunal citando un fallo de la Cámara Nacional Civil.

La decisión tuvo en cuenta que la madre y el padre, en el año 2018, acordaron una cuota por un monto mínimo que en aquel momento representaba el 56 por ciento del Salario Mínimo. Luego, en 2022, la mamá inició el proceso para aumentar el aporte del padre y si bien logró que se eleve el valor nominal de las cuotas, en los hechos terminó siendo “una disminución en relación a lo convenido originalmente”, porque el nuevo piso equivalía al 30 por ciento del Salario Mínimo. Con ese razonamiento, la Cámara subió el mínimo al 70 por ciento del SMVyM.

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