


Feriados de Carnaval: qué pasa si te toca trabajar

Los días lunes 3 y martes 4 de marzo serán feriados nacionales por Carnaval. Durante estas jornadas, el comercio podrá abrir, pero los trabajadores tienen derecho a negarse a prestar servicios.
Según la normativa vigente, quienes trabajen esos días deberán recibir un pago adicional, mientras que aquellos que no asistan no sufrirán descuentos en su salario.
Estos feriados forman parte del calendario oficial y tienen el mismo tratamiento que los días no laborables obligatorios, lo que implica que las empresas que decidan operar deberán abonar a sus empleados el doble de la jornada habitual.
¿Qué pasa con las trabajadoras de casas particulares?
Las trabajadoras de casas particulares tienen el derecho a no trabajar y cobrar el día, independientemente de si cumplen tareas “por hora” o “sin retiro”.
En caso de que trabajen, deben ser pagadas con un 100% de recargo (pago doble del día).



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