La "droga sintética" del abogado sigue dando negativo en los análisis

La información fue difundida por el propio estudio jurídico allanado “Arce y Asociados”.

Policiales/judiciales 14/09/2022
Policía RN droga sintética

El pasado 18 de agosto la Policía de Río Negro, mediante una comunicación oficial, informaba del hallazgo de “cerca de un kilo de droga sintética, con un elevado valor comercial” y de la detención de “un hombre que ejerce la profesión de abogado”.

Todo, en el marco de un allanamiento realizado en un inmueble sobre calle San Luis 998.

La referencia era para el Dr. Daniel Arce, quien luego se encargaría de hacer circular la información de las pruebas con resultado negativo a la supuesta droga.

Cinco días después del parte policial la justicia Federal emitió una resolución en la que se confirma que “la sustancia encontrada en el sitio donde Arce posee su estudio jurídico, por orden de este juzgado fue remitida al Gabinete Pericial de Gendarmería Nacional con sede en Neuquén a efectos de realizar otro narcotest orientativo y un amplio informe pericial sobre ella. Y que recibido fuera dicho informe, -NO-2022- 86514177-APN-AGRUMAHUE#GNA- el narcotest arrojó resultado negativo y que en la pericia efectuada para Metilendioximetanfetamina (MDMA) se obtuvo el mismo resultado negativo”.

A raíz de ello, el propio Arce emitió un comunicado de prensa en el que expresa:

“Que para aseverar un hecho, basta un simple manifestación basada en una prueba orientativa – narcotest- que indica la posibilidad –no da la certeza- que una sustancia podría ser un estupefaciente, en cambio para negar ese mismo hecho, no bastó que la misma prueba de narcotest diera negativa, como tampoco bastó un estudio más complejo que descartó por completo la posibilidad que la sustancia fuera metanfetamina o éxtasis, tal como lo “habría” indicado el primer narcotest, siendo dicho examen definitivo e irrefutable.

En síntesis, para aseverar un hecho basta una simple denuncia, y para desmentir el mismo hecho, requieren una sentencia firme, lo cual no sólo es una incongruencia intencional, sino una irresponsabilidad profesional.

Las inexactitudes publicadas fueron muchas, pero rápidamente se comprobó que no era lo que se dijo la sustancia encontrada en mi Estudio Jurídico, como tampoco el allanamiento encontró al prófugo buscado, ni cosa alguna relacionada con el mismo, tal como era de esperarse, desconociendo a la fecha los fundamentos objetivos que exige el Código Procesal Penal para ordenar dicha medida judicial.”

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